Directiva Europea de Trabajadores Desplazados: situación actual, sanciones y aplicación 

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Laura Gil

La movilidad internacional de personas es una de las herramientas más efectivas de los equipos de recursos humanos de las compañías para poder mejorar la propuesta de valor de los empleados a efectos de potenciar su desarrollo personal, ofrecer la posibilidad de acomodar situaciones personales a la vida laboral de los mismos, o sencillamente premiar el rendimiento de talento de alto potencial en las organizaciones.

Además, y según las últimas estadísticas europeas, podemos ver cómo los viajes de negocio han ido incrementándose de forma exponencial en los últimos años, situando dichos números muy cerca de los niveles de 2019, lo que nos lleva a pensar que si no los hemos superado en 2023, lo haremos en 2024.

En ese contexto, la Unión Europea, buscando establecer unas reglas del juego homogéneas a nivel laboral dentro del territorio y potenciando la aplicación de los mismos derechos a todos los trabajadores de este, ha venido en los últimos años, estableciendo cada vez más normativa que impone obligaciones a las compañías en esta materia y que tienen como propósito garantizar la libre circulación de personas dentro del territorio de la Unión, evitando el “dumping” laboral.

Así, y por orden cronológico encontramos el Reglamento Europeo de Coordinación de Sistemas de la Seguridad Social, la Directiva de Trabajadores Desplazados, o la recientemente publicada Directiva sobre Transparencia Retributiva.

En el caso concreto de la Directiva Europea sobre Trabajadores Desplazados, establece las siguientes obligaciones en caso de desplazamientos de trabajadores de forma temporal a otro estado miembro de la UE:

-       Aplicar la legislación laboral del país de destino durante el desplazamiento

-       Aplicar el salario mínimo de una posición de similares características en el país de destino durante el desplazamiento.

-       Comunicar, por parte de la compañía que desplaza, a la autoridad de seguridad social de destino el desplazamiento efectivo del trabajador antes de que el mismo se produzca.

Al ser traspuesta por los estados miembros, esta directiva ha dado lugar a 27 normativas distintas en la materia, cada una en su idioma correspondiente, incluyendo diferencias en cuanto a la temporalidad, los distintos salarios mínimos y las distintas obligaciones de registro y comunicación.

Además, y en caso de incumplimiento de la obligación de comunicación mencionada, cada país ha establecido un régimen sancionador que establece unas sanciones mínimas de media de 3.000 euros por viaje y máximas de 50.000 euros. En el caso de Bélgica, esas sanciones pueden ser incluso penas criminales si se cumplen ciertos requisitos.

Eso, sumado al hecho de que Autoridad Laboral Europea ha anunciado que va a fomentar los procesos de inspecciones multipaís, hace que sea imperativo que las compañías dispongan de herramientas como Mercer Travel Tracking que les permitan el cumplimiento de esta obligación de forma sencilla y segura, así como tomar las medidas oportunas que les garanticen el cumplimiento legal en el marco de sus desplazamientos en la Unión Europea. 

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